Micelio
Auto23 de febrero de 2000

A- de 2000

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Ernesto Rey Cantor

Tema · dato duro
Solicitud Adicion De Sentencia C-10/00
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sentencia De Constitucionalidad
  • Presentación de demanda de inconstitucionalidad sobre artículo no objeto de decisión
  • Improcedencia de adición
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se negó la solicitud presentada por el ciudadano de la referencia, en el sentido en que "se adicione la Sentencia C-010/00, por cuanto no se hizo un expreso pronunciamiento acerca de la inconstitucionalidad del Art. 17, inciso 1 de la Ley 74 de 1966, tal como lo solicité en la demanda".

La Corte aclaró que la demanda se surtió únicamente frente a los artículos admitidos, lo cual quiere decir que sobre el artículo citado no ha operado la cosa juzgada constitucional, razón por la cual, el ciudadano, como cualquier otro ciudadano, puede hacer uso de la acción pública de inconstitucionalidad respecto a esta disposición por no haber sido objeto de decisión por parte de la Corte Constitucional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. NEGAR la solicitud presentada por el ciudadano Ernesto Rey Cantor del dia febrero 7 del ano 2000, en el sentido en que "se adicione la sentencia proferida el dia 19 de enero del ano en curso, por cuanto no se hizo un expreso pronunciamiento acerca de la inconstitucionalidad del articulo 17, inciso 1 de la Ley 74 de 1966, tal como lo solicite en la demanda", radicada con el numero D-2431 y correspondiente a la sentencia C-010 del ano 2000.
  2. Segundo. ARCHIVESE por Secretaria General el expediente de la referencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.